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Crédito a Tasa Cero por hasta $150.000
El Poder Ejecutivo estableció un nuevo programa de Créditos a Tasa Cero 2021 de hasta $150.000 para monotributistas de todo el país. Se podrá solicitar en el presente mes. Se tramitará a través de la página web de la AFIP con clave fiscal, en el servicio “Crédito Tasa Cero” donde podrán ver el monto del crédito que corresponde de acuerdo a su categoría, previa a la recategorización: hasta $90.000, $ 120.000 o $ 150.000, categorías “A”, “B” o resto, respectivamente.
Las entidades financieras acreditarán el monto en un solo desembolso en la tarjeta de crédito del contribuyente y, quienes no posean, deberán seleccionar el banco con el que operan habitualmente para continuar con la tramitación.
Los requisitos son:
- No presentar servicios en el sector público nacional, provincial o municipal (cuando al menos el 70% de su facturación haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público).
- No percibir ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación.
- No se encuentren en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.
- Los beneficiarios no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.
Los préstamos contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin interés.
> Para más información sobre el Decreto 512/2021 clic aquí
Clave Fiscal. Nivel de seguridad. Sistema “Administrador de Relaciones”
La AFIP habilita en forma permanente, el servicio informático “Presentaciones Digitales” para los responsables que requieran acreditar su carácter de representantes legales de personas jurídicas, apoderados de personas humanas o bien, cuando soliciten registrar su condición de usuario especial restringido, según corresponda. Por otra parte, se implementa un segundo factor de autenticación con respecto a los niveles de seguridad, cuando se utilice el “Software-Token” como medio de autenticación
Así mismo, se aprueba la herramienta informática denominada “Administrador de Relaciones”, que permite autorizar a terceros a utilizar y/o interactuar con los servicios informáticos y realizar determinados actos o gestiones.
El manual del usuario se encuentra disponible en el micrositio denominado “Clave Fiscal” (https://www.afip.gob.ar/clavefiscal), ingresando en “Ayuda sobre Clave Fiscal”, “Manuales de Usuario”, opción “Administración de Relaciones”.
> Para más información sobre la Resolución General 5048/2021 clic aquí
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