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REPRO II
Se establece hasta el 31 de diciembre de 2038, el plazo de vigencia de los derechos y obligaciones acordados en el marco de la Ley 19.640 concedidos a favor de las empresas radicadas en la Provincia de Tierra Del Fuego, Antártida e Islas Del Atlántico Sur, con proyectos vigentes al 24 de octubre de 2021 en la medida en que cumplimenten determinados requisitos.
El MTEySS establece cambios en las características del Programa de Recuperación Productiva REPRO II. Los mismos se disponen en atención a la situación y particularidades de los distintos sectores que integran la economía nacional como así también a fin de adecuarse a los cambios en la situación sanitaria en el marco de la pandemia del COVID-19 que se vienen registrando en el país en el último tiempo.
> Para más información sobre la Resolución 650/2021 MTEySS clic aquí
Programa de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social para las trabajadoras y los trabajadores de casas particulares. “REGISTRADAS”
Se crea el programa “REGISTRADAS”, con el fin de crear nuevo empleo formal de trabajadoras y trabajadores de casas particulares y de mejorar sus condiciones de trabajo y dar acceso a derechos laborales.
En el marco del programa se otorgará una suma dineraria fija a los trabajadores encuadrados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos. Para ello los empleadores deben inscribirse en el programa y cumplir una serie de requisitos.
> Para más información sobre el Decreto 660/21 Poder Ejecutivo Nacional clic aquí
Servicio Doméstico. Programa “REGISTRADAS”
El MTEySS establece que la solicitud de adhesión al Programa REGISTRADAS deberá realizarse al momento de registrar la relación laboral en el Sistema de Simplificación Registral del Régimen Especial del Contrato de Trabajo en Casas Particulares de la AFIP.
También se establecen las condiciones que deben cumplir los empleadores para acceder el beneficio.
En caso de acceder el beneficio la liquidación y pago establecido en el Programa REGISTRADAS se realizará mediante el servicio del Programa REPRO II.
> Para más información sobre la Resolución 657/2021 MTEySS clic aquí
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