Posible suspensión de los servicios de pago con tarjetas, billeteras virtuales y códigos QR | Insights

Por Félix Rolando

El Banco Central implementa una medida que podría bloquear pagos con tarjetas, billeteras virtuales y QR a personas y comercios con inconsistencias fiscales. Conocé el análisis de Félix Rolando, Partner de Andersen.


Conforme a la Comunicación “A” 8144 (05/12/24), el Banco Central de la República Argentina estableció que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago (PSP) no podrán dar tales servicios de pago a comercios y demás personas humanas o jurídicas que figuren en la “Base de Contribuyentes No Confiables” de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)

En ese sentido, se prevé que las entidades financieras y los PSP deberán utilizar las notificaciones que reciban de ARCA acerca de las altas y bajas en la citada base, y negar o discontinuar el servicio de aceptar PCT (pago con transferencia) o pagos con tarjetas de débito, de crédito, de compra o prepagas a quienes lo soliciten o lo tuvieran.

Se trata de un mecanismo de fiscalización y control de aplicación (potencialmente) generalizada y que su implementación efectiva afectará significativamente la actividad de las personas.

En efecto, de acuerdo con esta disposición, el BCRA tendría facultades suficientes para bloquear los servicios de pago contratados tanto para comercios y demás personas, realizados a través de tarjetas y billeteras virtuales, aunque ello no se desprende claramente de la Carta Orgánica (Ley 24.144)

Bloquear los servicios de pago implica impedir realizar transacciones de compra a los consumidores como, asimismo, impedir realizar sus ventas a los comerciantes.

Por su parte, ARCA informó que investigarán las tarjetas de crédito, cuentas bancarias y hasta las billeteras virtuales de los titulares que registren inconsistencias tributarias, las qué básicamente consistirán en: a) inconsistencias en la información tributaria, b) falta de documentación respaldatoria para los movimientos, y c) operaciones que no pueden ser justificadas o verificadas. Dichos titulares serán incluidos en una lista especial que será informada periódicamente a las entidades financieras y PSP.

En el caso que la CUIT, que se incluya en la lista, corresponda a un comercio, las empresas procesadoras de pago con las que trabaje dicho comercio (como los posnet) podrán bloquear las operaciones de sus compradores (consumidores), y se bloquearían los restantes cobros mediante los medios electrónicos tradicionalmente usados como billeteras virtuales, tarjetas, código QR, entre otros.

Quienes estén incluidos en la lista de no confiables, sean comercios o contribuyentes, podrán realizar un trámite para regularizar la situación. Mientras no regularicen la situación, las tarjetas de crédito y cuentas bancarias se mantendrán en la nómina.  Para salir de ésta, podrán realizar un trámite para regularizar la situación, ingresando a ARCA al servicio web «Estado administrativo de CUIT: Reactivación presencial», y realizar la presentación digital con la documentación requerida. El organismo evaluará cada caso y notificará su decisión a través del domicilio fiscal electrónico declarado.

Si tenés alguna consulta, contactanos.

Félix Rolando
Tax Partner
felix.rolando@ar.Andersen.com

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