AGIP: nueva Cuenta Corriente Tributaria.

Mediante la Resolución Nº 311-AGIP/2020, la AGIP implementó la “Nueva Cuenta Corriente Tributaria”-NCCT- a los efectos de facilitar la autogestión de los saldos a favor de libre disponibilidad, verificaciones automáticas de existencia de deudas y dinamizar una mayor interacción en la relación Fisco-Contribuyentes.

A continuación, lo que debes saber:

1. ¿Cómo acceder a la Nueva Cuenta Corriente Tributaria?

Los contribuyentes y/o responsables ingresarán a la NCCT a través de la página web de la AGIP (www.agip.gob.ar) con Clave Ciudad Nivel 2.

El servicio “NUEVA CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA” se encuentra activo en el Portal del Contribuyente.

El sistema va a permitir al Contribuyente y/o Agente administrar su cuenta corriente a través de dos (2) paneles:

El panel de agente, está orientado a visualizar la existencia de deudas -control de obligaciones como agente- y el de contribuyente para la autogestión.

2. Funciones visibles en el panel de la NCCT

2.1. “CUENTA CORRIENTE” se podrá observar:

  • Detalle de deuda
  • Obligaciones
  • Cuenta corriente
  • Planes de facilidades

2.2. “OPERACIONES”, se podrán presentar DDJJ, así como también:

A. COMPENSACIÓN MANUAL
– Se podrá compensar el importe generado como saldo a favor desde el periodo fiscal el cual es incluido en el servicio web de la NCCT.

– Saldo a favor que se originen por pagos a cuenta, retenciones, percepciones y todo otro crédito que la norma indique.

– Solo se puede compensar deuda con saldo a favor del mismo tributo.  
B. COMPENSACIÓN AUTOMÁTICA
– Se aplicará sólo para contribuyentes directos de ingresos brutos.

– Para hacer uso de esta función, previamente se deberá autorizar en la declaración jurada de ingresos brutos, informando el saldo a favor en el ítem “Valor a compensar”.

– La compensación del saldo a favor se realizará desde el periodo más antiguo hasta su completa utilización.
C. REIMPUTACIÓN
Se podrá solicitar para periodos anteriores o posteriores, en los siguientes casos:

– Pago duplicado.

– Pago en exceso.  
D. PLANES DE FACILIDADES
– Se visualizará el estado de los planes generados: vigentes, cancelados, caducos y nulos.  
3. Comparativo de funciones con las modificaciones de la NCCT:

A continuación, se muestra un cuadro comparativo en el cual se detalla las nuevas herramientas:

ConceptoAntesAhora
Presentación de DD.JJ.Sistemas aplicativosSistemas aplicativos o desde NCCT
Consulta de deuda y falta de presentaciónTrámite presencial o TADVisualización en línea desde NCCT
PagosVEP desde AFIP o eSICOLVEP desde AFIP, eSICOL, o desde NCCT
Pago de DD.JJ. adeudadasRectificativa y nuevo VEPPago desde NCCT (en el que se calculan los intereses automáticamente sin la necesidad de rectificar)
Compensación de saldosTrámite presencial o TADAutogestión
Reimputación de pagosTrámite presencial o TADAutogestión
Planes de pagoImposibilidad de consultarDesde NCCT
Cuenta corrienteN/AEn línea desde NCCT
Inclusión de impuestosIngresos Brutos e Impuesto al selloIngresos Brutos, Impuesto al sello, Inmobiliario/ABL y Patentes.

Si tenés alguna pregunta o comentario, no dudes en compartirla con nosotros:

Sofia Paulucci
Tax Manager
sofia.paulucci@ar.andersen.com

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