Mediante una Resolución Conjunta del Ministerio de Trabajo, del Ministerio de Economía y del Ministerio de Desarrollo Social, se enumeran los programas sociales, educativos y de empleo incluidos y se establece el alcance de los beneficios a otorgar en cada caso. Asimismo se fijan las bases a considerar para determinar el aumento neto de nómina requerido y se crea un Comité de Seguimiento para monitorear la correcta aplicación del Programa.
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