Regimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. Modificaciones
Mediante la Resolución 833/2021 se realizan ciertas modificaciones al Régimen. Entre las mismas se destacan:
• Se brindan mayores precisiones respecto a los conceptos que se consideran como investigación y desarrollo a los efectos del presente Régimen, así como respecto a las erogaciones computables. En relación a estas últimas, se incluyen las actividades para evaluar la factibilidad técnica y su viabilidad económica.
• Con el fin de incentivar a las empresas a la capacitación de potenciales empleados sin experiencia, podrán computarse como inversiones en capacitación los salarios abonados respecto de las nuevas contrataciones laborales realizadas a partir de la inscripción al régimen.
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