Régimen de incentivo fiscal para bienes de capital hasta el 31/12/2027

Restitución del régimen de incentivo fiscal para bienes de capital, informática y telecomunicaciones, y creación del Registro de Beneficiarios y Productos

Se restablece hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, el régimen citado aplicable a las personas jurídicas fabricantes de ciertos bienes de capital que cuenten con establecimiento industrial radicado en el territorio nacional (Decreto 379/2001).

El presente régimen prevé entre sus beneficios la posibilidad de solicitar bonos de crédito fiscal para el pago de los Impuestos a las Ganancias, al Valor Agregado e Impuestos Internos; como así también la posibilidad de gozar de reducciones en las contribuciones patronales.

De esta forma, se crea el “Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital”, al que deben solicitar su inscripción los sujetos a los efectos de acceder a los beneficios previstos.

Según surge de la norma, se establecen los requisitos que deben cumplirse para la inscripción en el mencionado Registro, así como el detalle de los bienes comprendidos. La autoridad de aplicación establecerá los requisitos y condiciones que los sujetos deberán observar para acceder y permanecer en el Registro.

> Para más información sobre el Decreto 209/2022 clic aquí

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