Procedimiento. Prórroga Presentaciones Digitales
Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” para la realización de determinados trámites y gestiones ante la AFIP y la eximición respecto de la obligación de registrar los datos biométricos ante sus dependencias.
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Procedimiento. Planes de facilidades de pago permanentes. Extensión de beneficios
Se prorroga hasta el 31 de enero de 2022, inclusive, la vigencia transitoria aplicable a la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento referente al Régimen de facilidades de pago permanente (RG 4268), para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, así como sus intereses y multas.
Adicionalmente, se suspende por idéntico plazo, la aplicación del monto máximo de las cuotas para los contribuyentes que, a la fecha de la solicitud de adhesión al plan de facilidades de pago, registraran como actividad principal alguna de las consignadas como “sectores críticos”.
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Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Extensión de suspensión de la baja de oficio y baja automática
Se extiende hasta el 3 de enero de 2022 la suspensión del procedimiento sistémico para aplicar la exclusión de pleno derecho.
Asimismo, se suspende la consideración del mes de diciembre de 2021 a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática.
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Miniplan Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Prórroga
Se extiende hasta el 31 de enero de 2022, inclusive, el plazo para que los contribuyentes puedan regularizar sus obligaciones del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales sin considerar la categoría del SIPER (Sistema de Perfil de Riesgo). Estas disposiciones no aplican para los contribuyentes que posean categoría SIPER E.
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Impuesto sobre los Créditos y Débitos. Billeteras electrónicas. Modificaciones
Se realizan adecuaciones a los roles, responsabilidades y controles que ejercen los distintos participantes de los esquemas de pago de transferencias electrónicas de fondos. De esta manera, se establece que los regímenes de retención del IVA y a las ganancias se encontrará a cargo de los sujetos participantes denominados “aceptadores” (Comunicación “A” 7153 B.C.R.A).
En otro orden, se efectúan aclaraciones respecto a la inscripción en el “Registro de Beneficios Fiscales sobre el Impuesto a los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias”
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