Infobae consultó a Cecilia Goldemberg, Managing Partner de Andersen, sobre el acuerdo de intercambio de información automático entre el organismo fiscal argentino y el IRS, que comenzará a girar en septiembre.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) contará desde este año con una poderosa herramienta de información sobre las cuentas bancarias de los argentinos en Estados Unidos. ¿De qué datos se trata, quiénes estarán alcanzados y a qué información no podrá acceder el fisco argentino a partir del envío que hará el Internal Revenue Service (IRS) en septiembre próximo?
A continuación, los puntos más relevantes del análisis de Cecilia Goldemberg:
- “Una primera apreciación sobre el acuerdo es que si bien es automático y recíproco, como mencionan sus considerandos, no es simétrico en cuanto a la entidad de la información a intercambiar”.
- “El gobierno de Estados Unidos se ha comprometido a buscar niveles equivalentes de intercambio de información, pero ese compromiso no se refleja en modo objetivo en los deberes de transparencia asumidos en el IGA recíproco celebrado con Argentina ni tampoco en los celebrados con otros países.”
- “Mientras los bancos argentinos deben realizar una tarea de investigación o de debida diligencia sobre las cuentas abiertas por entidades o sociedades no estadounidenses a efectos de determinar si la o las personas controlantes de tales entes son ciudadanos estadounidenses e informar sobre las mismas, no se requiere un esfuerzo equivalente por parte de los bancos de Estados Unidos.”
- “De este modo, concluyó Goldemberg, “la cantidad y calidad de la información intercambiada tampoco es la misma, pero, fundamentalmente, no es comparable la eficacia del Intercambio.”
Las claves de este acuerdo – firmado en el marco de la ley Fatca de EEUU – que deben conocer los contribuyentes argentinos son:
El Intercambio automático firmado con EEUU a fines del 2022 es el modelo IGA 1-FATCA recíproco y tiene sustanciales diferencias con el Modelo OCDE (firmado por 119 países).
El Fatca recíproco establece el reporte de los siguientes datos:
- Nombre, dirección y número de identificación fiscal del residente fiscal en la Argentina, titular de una cuenta.
- Número de la cuenta.
- Identificación de la entidad financiera de Estados Unidos obligada a reportar.
- Intereses, dividendos y otros ingresos acreditados.
Te invitamos a leer la nota completa Aquí
Si tenés alguna pregunta o comentario, no dudes en compartirla con nosotros:
Cecilia Goldemberg
Managing Partner
cecilia.goldemberg@ar.Andersen.com